Los deudores que se hallan situación de insolvencia y tramitan un acuerdo extrajudicial de pagos o un concurso de acreedores pueden conservar su vivienda habitual.
Para poder conservar su vivienda habitual se han de cumplir los siguientes requisitos:
- Que las cuotas del préstamo hipotecario se hallen al corriente de pago.
- Que el valor de la vivienda, tasada por una sociedad homologada por el Banco de España, sea inferior al valor de la deuda hipotecaria.
ALFREDO ASCASO IGLESIAS
ABOGADO
ADMINISTRADOR CONCURSAL/ MEDIADOR CONCURSAL
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